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Antes de alquilar y/o comprar un local, es conveniente verificar si la zonificación respectiva, determinada por el código de planeamiento urbano, permite habilitar el rubro deseado; por tal motivo, incorporamos a nuestra página web un formulario de consulta para que usted nos envíe los datos del local (calle, altura, e-mail, actividad), para que SIN CARGO ALGUNO pueda empezar a comprobar la eficiencia de nuestros servicios.
El trámite de habilitación municipal es el que autoriza el funcionamiento de un local, industria u oficina, es el paso previo a la apertura del mismo para evitar sanciones y clausuras. Dicho trámite, si bien puede hacerse personalmente ante el GCABA, normalmente es realizado por gestores y/o profesionales que conocen los requisitos correspondientes a cada rubro y zona, y cuentan con un grupo de trabajo interdisciplinario para darle celeridad a la gestión.
Como primer paso, se debe reunir la documentación necesaria para el trámite, la cual consiste en:
- Inscripción en AFIP-DGI con su último pago
- Inscripción en ingresos brutos con su último pago
- Titulo de propiedad y/o contrato de locación (éste último debe tener las firmas certificadas por Escribano Público y estar acompañado por la boleta paga del Impuesto de Sellos)
- Boleta de A.B.L. del local
- Reglamento de copropiedad y/o de Galería Comercial con su respectivo plano (si correspondiese)
- Estatutos sociales y/o Poder (en caso que la escritura de habilitación sea suscripta por un representante del titular del negocio)
- Documento de identidad del firmante
Hay dos tipos de habilitaciones: • Automáticas (que pueden ser con o sin plano) • Con inspección y/o consulta previa. No hace falta inspección para los locales destinados a comercios siempre y cuando no trabajen con explosivos o sustancias inflamables. Entre las actividades que requieren inspección previa están los geriátricos, estaciones de servicio, clínicas, establecimientos educativos y locales de espectáculos públicos.
El proceso de habilitación de un local es el siguiente: Un profesional ingeniero o arquitecto verifica el uso que se le dará al local cumpla con las normas que la legislación de la Ciudad de Buenos Aires determina a cada actividad, según el código de planeamiento urbano y el código de edificación. Posteriormente un escribano deberá realizar una escritura de habilitación y que el titular tenga su situación ante rentas e impuestos en regla. Finalmente el profesional o titular, presenta la carpeta de habilitación a la Municipalidad de la Ciudad de Bs. As, previo pago de arancel municipal correspondiente. Se recibe entonces una constancia de habilitación donde lo autoriza a funcionar (salvo en los casos en que la actividad requiera inspección previa)
Nuestra empresa se encarga de realizar todas las gestiones ante la Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás organismos a fin de optimizar el trabajo.



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